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México - Juez dicta orden de prisión contra integrante de la radio comunitaria

AMARC-ALC denuncia la decisión de un juez federal de dictar una orden formal de prisión contra Héctor Camero, integrante de la radio comunitaria Tierra y Libertad de Monterrey y expresa que de esta manera el Poder Judicial Federal se suma a la criminalización en contra de la personas que ejercen su legítimo derecho a la libertad de expresión a través de la radiodifusión comunitaria. El 30 de junio, el Juez Quinto de Distrito en Materia Penal, con sede en Nuevo León, emitió orden de formal prisión en contra de Héctor Camero. Considera que existen elementos necesarios para detenerlo a fin de que enfrente un juicio en su contra por el delito de uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico sin autorización previa. Dicho delito está sancionado con hasta 12 años de prisión por el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales. Más de 200 personas de la comunidad Tierra y Libertad, lugar donde operaba la radio, acudieron a las afueras de las instalaciones de los juzgados federales para protestar por la continuidad de un procedimiento ilegal e infundado en contra de Héctor Camero. Organizaciones civiles, nacionales e internacionales, enviaron cartas al juez solicitando que determinara la inmediata e incondicional libertad de Héctor Camero, dado que la persecución penal en contra de una radio comunitaria es una medida innecesaria y desproporcional, por lo que criminaliza el ejercicio de la libertad de expresión. A pesar de las solicitudes de las organizaciones, los actos de protesta y la clara denuncia ilegal e infundada interpuesta por la Secretaría de Gobernación y continuada por la Procuraduría General de la República, el Juez determinó proseguir con el juicio, el cual Héctor Camero podrá enfrentar en libertad tras el pago de una caución. Con ello, el Poder Judicial Federal se suma la política de criminalización, persecución y hostigamiento en contra de las personas que ejercen el derecho a la libertad de expresión a través de la radiodifusión comunitaria al darle cauce a una denuncia ilegal, infundada, desproporcional e innecesaria. Estos hechos son violatorios del derecho a la libertad de expresión y contravienen tratados internacionales en materia de derechos humanos que México se ha comprometido a cumplir. Al respecto organismos internacionales han dicho que la vía penal sólo podrá emplearse como la última vía para proteger bienes jurídicos fundamentales de ataques graves que los dañen. Cabe recordar que la radio se encuentra cerrada desde el 6 de junio de 2008, fecha en la que más de 120 elementos de la Policía Federal Preventiva llevaron a cabo el operativo de cierre con un uso excesivo de la fuerza pública y violentando las garantías del debido proceso legal. La radio Tierra y Libertad tiene por objetivo servir a la comunidad, haciendo uso de su legítimo derecho a la libertad de expresión, para lo cual solicitó el permiso que marca la ley desde el año 2002 sin que hasta el momento el Estado haya dado una respuesta satisfactoria. Gustavo Gómez Director Programa de Legislaciones y Derecho a la Comunicación AMARC-ALC Asociación Mundial de Radios Comunitarias América Latina y el Caribe

Acción Urgente Por la no criminalización de la radio comunitaria Tierra y Libertad de Monterrey

Estimadas y estimados compañeros, este 12 de junio, el Juez Quinto de Distrito en materia penal en Nuevo León determinó emitir la orden de aprensión en contra de Héctor Camero, integrante de la radio comunitaria Tierra y Libertad en Monterrey.

La radio solicitó permiso para transmitir desde el 2002, al no obtener respuesta satisfactoria por parte del Estado, comenzó transmisiones dando un servicio a la comunidad. El 6 de junio de 2008 fue cerrada con un uso desmedido de la fuerza pública y la propia Secretaría de Gobernación inició un procedimiento penal.

Este caso se suma al de otras emisoras que han sufrido hechos similares a partir de la actual administración lo cual muestra un endurecimiento de la política gubernamental en contra de las radios comunitarias y la criminalización de sus integrantes.

Hoy nos encontramos frente a la posible detención de un compañero por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. Por tanto acudimos nuevamente a ustedes a fin de solicitarles el envío de esta acción urgente a las autoridades, con copia a AMARC México, antes de este lunes 29 junio a las 4 pm. Al final vienen los correos electrónicos y el fax de AMARC para que nos puedan mandar na copia. Les anexamos a continuación un modelo de carta, tanto en el cuerpo del correo y en archivo anexo.

Gracias por su solidaridad,

AMARC México

Carta Modelo

Fecha en la que se envía la carta

C. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa Pesidente de la República

C. Fernando Gómez Mont Secretario de Gobernación

C. Eduardo Medina Mora Procurador General de la República

Juez Quinto de Distrito en materia Penal Estado de Nuevo León

Este 12 de junio el Juez Quinto de Distrito en materia Penal en el Estado de Nuevo León emitió la orden de aprensión en contra de Héctor Camero dentro de la causa penal 85/2009, instruida en su contra por presuntamente usar, aprovechar y explotar el espectro radioeléctrico sin permiso del Estado, delito tipificado en el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales que implica castigo de prisión hasta por 12 años.

  Esta decisión se dio tras la ejercitación de la acción penal que el Ministerio Público Federal realizó al consignar al Juez Federal la averiguación previa número 83/ueidaple/2/2008, como parte de la investigación iniciada a denuncia de la Secretaría de Gobernación.

“Tierra y Libertad” es el nombre de una colonia ubicada en la ciudad de Monterrey que empezó a formarse en la década de los setenta como una forma de darle solución a la problemática de regularización y repartición de tierras para uso habitacional. Ciudadanos y ciudadanas se organizaron y lograron la regularización de sus terrenos. Deciden formar una asociación civil para atender necesidades de carácter social y derechos humanos de la comunidad. Para contribuir a estos objetivos, deciden establecer una radio comunitaria.

Desde el año 2002, la asociación solicitó un permiso para operar la radio comunitaria a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Ante una falta de respuesta efectiva por parte de las autoridades, comenzaron a transmitir de manera abierta.

El 18 de abril de 2008, la Unidad Especializada de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación presentó una denuncia ante la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales de la Procuraduría General de la República.

El 6 de junio de 2008, más de 120 elementos de la Policía Federal Preventiva llegaron a las instalaciones de la radiodifusora y aseguraron los enseres y aparatos para la transmisión (transmisor y antena) así como dos computadoras, una consola y micrófonos. No dejaron copia de la diligencia del equipo asegurado, ni citatorio alguno, violando con ello las garantías del debido proceso legal.

El 3 de octubre dos de los integrantes de la radio recibieron un citatorio para comparecer en la averiguación previa. El 14 de noviembre de 2008, Héctor Camero y Wilfredo Verdugo comparecieron ante el ministerio público en calidad de testigos. El 12 de marzo Héctor Camero fue llamado nuevamente a comparecer y se le notificó su calidad de indiciado. El 28 de mayo los integrantes de la radio fueron notificados de la consignación del expediente ante el poder judicial de la federación.

Estos hechos se suman a los sufridos por otras emisoras comunitarias y demuestran el endurecimiento de la política gubernamental en contra de las radios comunitarias. La utilización desproporcionada de la fuerza pública en el cierre de estas emisoras y la falta de respuesta frente a la solicitud de permisos violentan los principios de certeza jurídica, legalidad, debido proceso y el derecho a la libertad de expresión.

  A estas violaciones a los derechos humanos se suman el inicio de procedimientos penales en contra de integrantes de las radios comunitarias por parte de la propia Secretaría de Gobernación, la integración de averiguaciones previas ilegales e infundadas por parte de la Procuraduría General de la República y la emisión de órdenes de aprensión por parte del Poder Judicial de la Federación.
  La persistencia por parte de las autoridades en la utilización de la legislación penal, en lugar de la administrativa – suficiente para recuperar la frecuencia-, constituye la continuidad de una política persecutoria y de criminalziación en contra de las radios comunitarias.
  La persecución penal en contra de personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, en comunidades en situación de vulnerabilidad, constituye una vía excesiva, desproporcional e innecesaria, sobre todo cuando estas radios han mostrado su voluntad de legalidad y es la misma autoridad la que ha fallado en dar respuesta a sus solicitudes de permiso.
  Estos hechos, por ser constitutivos de violación a los derechos humanos, contravienen tratados internacionales en materia de derechos humanos que México se ha comprometido a cumplir y lo que los organismos internacionales han dicho en cuanto a que la vía penal sólo debe emplearse para proteger los bienes jurídicos fundamentales de los ataques más graves que los dañen y los pongan en peligro. El derecho penal es la última razón y su aplicación debe ser subsidiaria, es decir deben emplearse las vías menos lesivas, de no ser así su utilización resulta abusiva y criminalizante.
  Las radios comunitarias, por su naturaleza social, en ninguna forma ponen en peligro ni generan un daño grave al bien. Por tanto, el empleo de la vía penal no resulta necesario ni proporcional.
  Por tanto, quienes suscribimos esta carta expresamos nuestro rechazo en contra de esta política de criminalización en contra de integrantes de radios comunitarias y hacemos las siguientes

Peticiones:

• Que el juez que integra la causa penal contra Héctor Camero determine su inmediata e incondicional libertad conforme a los tratados internacionales en materia de derechos humanos suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, así como de la interpretación autorizada que de ellos han hecho los órganos encargados de la defensa de los derechos humanos tanto universales como regionales.

• Que la Secretaria de Gobernación y la Procuraduría General de la República se desistan de manera inmediata de la acusación ilegal e infundada en contra de Héctor Camero ya que, por la naturaleza de la labor social de las radios comunitarias, en ningún momento se ha generado un daño grave ni irreparable al espectro radioeléctrico como bien propiedad de la nación.

• Que el Estado Mexicano deje de emplear el derecho penal en contra de las y los defensores de los derechos humanos como lo son las y los comunicadores comunitarios y que asuma el criterio por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sentido de no usar abusiva, indiscriminada y arbitrariamente el derecho penal para criminalizar a los movimientos y luchadores sociales.

Atentamente,

Nombre de la persona firmante Nombre de la organización

Favor de enviar copias de sus cartas a:

C. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa Presidente de la República PALACIO NACIONAL Túnel de la Mortadela, Planta baja, col. Centro, Deleg.Cuauhtémoc. C.P. 06067. México, Distrito Federal. Teléfono: 01-800-080-1127(llamada sin costo) FAX: (55) 5093-4901 felipe.calderon@presidencia.gob.mx

C. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta Secreatrio de Gobernación Bucarlei 99 Edificio Cobián, Piso 1 Cuuahutémoc, D.F. Teléfono: (55) 50933400 Correo Electrónico: secretario@segob.gob.mx

C. Eduardo Medina-Mora Icaza Procurador General de la República Procuraduría General de la República, Av. Paseo de la Reforma Nº 211-213, Piso 16 Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06500, MÉXICO Fax:+52 55 5346 0908 (si responde una voz, digan: “me da tono de fax, por favor”)

Juez Jesús Salvador Fraustro Macareno Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León Av. Constitución No. 241 Pte. Zona Centro, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64000 tel. DIRECTO: (01 81) 80 47 01 12 CONMUTADOR 80 47 01 00 EXT. 1120 / FAX 1125,

Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC-México) Vista Hermosa no. 89, col. Portales, C.P. 03300 Teléfono: 56 72 49 61 Fax: 25 9565 83 C.E: Aleida@prodigy,net.mx, laura.salas.s@gmail.com

Proceso penal en contra de una mujer indigena de la radio comunitaria en Ocumicho, Michoacán (México)

Continúa criminalización en contra del derecho a la libertad de expresión

• Posible cárcel en contra de mujer indígena purépecha de la radio comunitaria Uekakua en Ocumicho, Michoacán • SEGOB y COFETEL acusan penalmente a integrantes de la emisora

México D.F., a 24 de junio de 2009.- Las organizaciones firmantes expresamos nuestro rechazo en contra de la persecución penal ejercida por parte de autoridades federales en contra de Rosa Cruz, de ocupación artesana, apenas hablante del español y que es integrante de la radio comunitaria purépecha Uekakua.

La radio Uekakua es una emisora de 5 watts de potencia ubicada en la comunidad de Ocumicho, Michoacán. Es la única radio en esa comunidad que transmite en lengua purépecha. Desde 2002 la radio ha solicitado permiso para transmitir, sin que hasta el momento hayan obtenido una respuesta satisfactoria por parte de la autoridad. Esto violenta el artículo segundo constitucional que reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a operar sus propios medios de comunicación, reforzado por la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien estableció que en la Ley Federal de Radio y Televisión existe una omisión legislativa.

El 29 de enero de este año, aproximadamente 100 elementos de la Agencia Federal de Investigaciones acudieron a las instalaciones de la radio y con uso desmedido de la fuerza procedieron al cierre en una comunidad de apenas 3 mil habitantes. Los elementos policíacos amedrentaron a los niños que se encontraban en ese momento en la estación, amenazaron a las mujeres con golpearlas, le taparon la boca a una menor y le lastimaron la mano, y una señora fue arrastrada violentamente de la radio.

El pasado 13 de junio, la señora Rosa Cruz recibió un citatorio solicitándole su comparecencia en la Agencia Segunda Investigadora del Ministerio Público de la Federación ubicada en Uruapan, Michoacán en calidad de indiciada por la comisión del delito previsto en el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales, el cual alcanza hasta 12 años de prisión.

Este caso se suma al de otras radios, como la Radio Tierra y Libertad, en contra de las cuales la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) y la Secretaría de Gobernación (Segob) han iniciado procedimientos penales seguidos de la utilización desmedida de la fuerza pública en el cierre de las emisoras.

La persistencia por parte de las autoridades en la utilización de la legislación penal, en lugar de la administrativa – suficiente para recuperar la frecuencia-, constituye la continuidad de una política persecutoria y de criminalización en contra de las radios comunitarias, en este caso lo hace además en contra de una mujer indígena que tiene que enfrentar todo el peso de la ley en una situación muy grave de vulnerabilidad por su situación de pobreza y escasos recursos de defensa por su dificultad para hablar en español.

La persecución penal en contra de personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión en comunidades en situación de vulnerabilidad, constituye una vía excesiva, desproporcional e innecesaria, sobre todo cuando estas radios han demostrado su voluntad de legalidad y es la misma autoridad la que ha fallado en dar respuesta a sus solicitudes de permiso.

Cabe recordar que los organismos internacionales dedicados a la defensa de los derechos humanos han dicho que la vía penal sólo debe emplearse para proteger los bienes jurídicos fundamentales de los ataques más graves que los dañen o pongan en peligro. El derecho penal es la última razón y por tanto su aplicación debe ser subsidiaria, es decir deben privilegiarse otras vías, de no ser así su empleo resulta abusivo y criminalizante.

Las radios comunitarias, por su naturaleza, aunque emplearan el espectro radioeléctrico sin permiso, en ninguna forma ponen en peligro ni generan un daño grave al bien, pues las radios tienen fines estrictamente sociales. Por tanto, el empleo de la vía penal no resulta necesaria ni proporcional, pues hay medios menos lesivos para que el Estado salvaguarde el espectro radioeléctrico.

Por tanto, las organizaciones firmantes expresan su rechazo en contra de esta política de criminalización en contra de integrantes de radios comunitarias y hacen un llamado urgente a las autoridades a fin de que cesen esta persecución y lleven a cabo las acciones necesarias a fin de resolver las solicitudes pendientes de permiso de manera inmediata.

Organizaciones Firmantes: - Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC-México) - Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) - Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P” - Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez - Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) - Fundar, Centro de Análisis e Investigación - Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, A.C. - Red por los Derechos de la Infancia en México - Academia Mexicana de Derechos Humanos, A.C - Elige Red De Jovenes Por Los Derechos Sexuales Y Reproductivos A.C - Red Nacional de Organismos Civiles “Todos los derechos para todos y todas”

El video con uno de los testimonios puede consultarse en la siguiente página: http://www.youtube.com/watch?v=LHhTJgF1bzk

Low power radio stations saved by D.C. Circuit Court Ruling - Court vindicates FCC's effort to save small stations from loss of channels

Today, the U.S. Court of Appeals of the D.C. Circuit ruled in favor of the Federal Communications Commission (FCC) and against the National Association of Broadcasters (NAB), affirming the December 2007 Federal Communications Commission decision to protect low power FM (LPFM) stations against “encroachment” by full power radio stations. Had the FCC not intervened, these low power stations would have been forced off the air by full power stations wanting to change their broadcasting location.The Prometheus Radio Project, represented by Media Access Project attorney Parul Desai, was an intervenor in the case on behalf of the FCC and the threatened LPFM stations. In the lawsuit, the NAB alleged that the FCC defied the Radio Broadcasting Preservation Act when it granted waivers to keep LPFM stations on the air. The court denied some of the NAB's claims as lacking merit, and dismissed others as being unripe for review at this time. Thus, the FCC is free to continue balancing the interests of LPFM stations and full power stations that want to change their facilities. The Prometheus Radio Project, on behalf of hundreds of low power radio stations across the country, thanks the D.C. Circuit Court for their decision vindicating the FCC's new procedures regarding low power stations threatened with encroachment. “This is terrific news for the low power radio community,” said Sakura Saunders, a board member of the Prometheus Radio Project. “The few protections offered to these small stations were threatened by this lawsuit. Now, these stations can focus on serving their local communities, rather than live in fear of displacement due to the whims of their full-powered neighbors.” Prometheus would like to acknowledge the outstanding work of the low power radio stations across the country, whose public service has won them a measure of protection in the face of full power encroachment. According to Pete Tridish of the Prometheus Radio Project, “Many lesser organizations would have folded in the face of the sheer financial and legal resources of the National Association of Broadcasters. However, the dedication of the volunteers at low power stations to their mission – to serve their communities with local content and democratize the airwaves – has proven so great that they will endure any challenge in their work to free the electromagnetic spectrum from corporate dominance.” Prometheus would like to thank the Justices on the DC Circuit Court of Appeals for their careful attention to this complex case. We would also like to thank the attorneys in the office of General Counsel at the FCC for their sophisticated handling of the issues. We also credit the team at the Media Bureau for their thoughtful solutions to the problem of encroachment that have now been borne out by the court. We also commend the Chairman, Commissioners and their staff at the FCC, who have given much time in recent years to defending their service of the public interest from the private trade associations that seek to undermine it. Prometheus also thanks the attorneys at Media Access Project, Parul Desai and Andrew Schwartzman, for their tireless support in Prometheus' intervention in the case. Also, we would like to thank radio engineer Mike Brown, attorney Michael Couzens and Senior Policy Advisor to Senator Maria Cantwell, Michael Daum, who against great odds first defended the low-powered radio station KYRS in Spokane, Washington. for background: http://prometheusradio.org/rahrahrah Extra! On June 11th the Subcommittee on Communications, Technology, and the Internet of the House Commerce Committee will hold a hearing on Low Power Radio. The hearing is the next step for the Local Community Radio Act, co-sponsored by Congressmen Mike Doyle, Lee Terry and 49 others, a new bill removing restrictions from the FCC implementation of LPFM. Representing Low Power Radio will be Cheryl Leanza, Executive Director of the United Church of Christ Office of Communications, Inc, the National Federation of Community Broadcasters, and a board member of the Prometheus Radio Project. The hearing will be in Rayburn 2322 at 10 am, and a live stream will be available at energycommerce.house.gov Look for more details soon. Contact: Pete Tridish, petri@prometheusradio.org, 215-605-9297 Sakura Saunders, sakura@prometheusradio.org, 415-287-3737

Austrian Parliament passes legislation on Community Media

afters 2 years of negotiating (and many more of lobbying) the Austrian Parliament finally passed a legislation on Community Media last week. The legislation includes: 1) a “fund for noncommercial broadcasters (Radio, TV)” with 1 Million € per year, administered by the Austrian Media Regulator RTR and financed from parts of the broadcasting fees; 2) a legal definition of non-commercial Radio and Television as specific form of broadcasting media. ### A rough and shortened translation of the legislation follows: Fund for the Promotion of non-commercial broadcasting: To encourage the private noncommercial broadcasting and its contents the Austrian Broadcasting regulator receives RTR 1 million euros per year from revenues from broadcasting fees. The fund is intended to promote the non-commercial broadcasting within the Austrian media landscape and its support in the provision of diverse and high-quality programs, which in particular contribute to the promotion of the Austrian Culture, the audstrian and european identity, the information and education of the austrian population. Grants may be used for production costs, financial support of projects that lead to production or broadcasting of programmes, training offers, reseach, surveys. Noncommercial broadcasters are those that are no profit-oriented, whose program contains no advertising and who provide open access to the public. See the full German version (page 4): http://www.parlament.gv.at/PG/DE/XXIV/I/I_00113/fname_156085.pdf

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blog.txt · Last modified: 2008/08/26 01:31 by bferron
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